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martes, 25 de junio de 2019

Resumen de modificaciones legislativas del Real Decreto-ley 6/2019 y cómo nos afectan.



Como os habíamos prometido, aquí está la información sobre las modificaciones que entraron en vigor con la aprobación del  Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Se modifican un total de cinco leyes y los cambios más significativos se resumen en los siguientes puntos:

·   Planes de Igualdad. Se rebaja el número de personas trabajadoras de las empresas que están obligadas a contar con un Plan de Igualdad. Cuando se termine el periodo transitorio en 2021, todas las empresas de más 50 personas en plantilla deberán tener Plan de Igualdad. No nos afecta, pues ya deberíamos de tener uno efectivo. Se regula por ley el contenido mínimo de estos planes de igualdad y se crea el Registro de Planes de Igualdad (similar al de convenios colectivos) en el que las empresas deberán registrar sus planes de igualdad. Este si nos afecta pues en caso de no registrarse el nuestro, que está caducado, podemos denunciar a la dirección por no cumplir con sus obligaciones en este aspecto.

·  Registro de Salarios, se establece por ley (artículo 28 del estatuto) la definición de trabajo de igual valor. Además, se obliga a establecer en el seno de la empresa un registro de salarios. En este registro se deben incluir los valores medios de los salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales desagregadas por sexo y distribuidas por puestos de trabajo iguales o de igual valor. Se establece, como responsabilidad patronal, la justificación de las razones que expliquen que en una empresa de más de 50 trabajadoras y trabajadores la masa salarial de un sexo sea superior al 25% de la del otro sexo. Pendiente de ver cómo nos puede afectar una vez obtenidos los datos.

·    Modificación de la jornada para cuidados. La nueva redacción del artículo 38.4 del estatuto (tras la entrada en vigor del RDL 6/2019) establece la posibilidad de adaptar la jornada laboral para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar sin necesidad de reducirse la jornada. Este nuevo derecho se puede ejercitar hasta que las hijas o hijos alcancen la edad de 12 años. La solicitud de adaptación de jornada tenemos que hacerla por escrito, detallando el horario escogido, el periodo por el cual se solicita y el motivo que la justifica con quince de días de antelación como mínimo. La persona interesada podrá solicitar su retorno a la situación inicial en cualquier momento siempre y cuando la situación lo justifique. La empresa no podrá negar la adaptación de horario solicitada a no ser que pruebe la existencia de causas organizativas o por incompatibilidad derivada de la existencia de otras personas acogidas a la misma medida. La aplicación de estos derechos a veces es compleja, en tanto se desarrolle este contenido en el convenio, estamos a vuestra disposición para asesorar y acompañar en la gestión con la dirección. Mientras no esté regulado el procedimiento, se tiene que abrir un proceso de negociación entre empresa y persona interesada de 30 días naturales. Transcurridos los mismos la empresa tiene que comunicar por escrito la aceptación de la petición, plantear una propuesta alternativa o manifestará la negativa a su ejercicio. En este último caso, debe indicar las razones objetivas en las que se sustenta su decisión. Frente a la decisión de la empresa podremos recurrir judicialmente para hacer valer nuestro derecho, considerándose las negativas injustificadas por parte de las empresas como vulneradoras de derechos fundamentales.

·   Suspensión del contrato por violencia de género. Las trabajadoras víctimas de la violencia de género podrán suspender su contrato, con derecho de retorno, cuando se vean obligadas a abandonar el puesto de trabajo debido a su condición de víctima.

·   Suspensión del contrato por nacimiento. Se modifica el art. 48 del estatuto, elevando hasta 16 semanas el derecho, del progenitor distinto de la madre biológica, en los casos de nacimiento o adopción y cuidado de hijos e hijas hasta los 12 meses (hay un periodo transitorio hasta 2021 hasta llegar a las 16 semanas). Esta modificación entra en conflicto con la licencia retribuida de 10 días recogida en el artículo 47. b), según nuestro servicio jurídico al acogerse a la suspensión de contrato se pierden los días de licencia, ya que los dos derechos comienzan en el momento del nacimiento. Incluiremos este punto en la próxima negociación para que quede recogido, incluso una vez se hayan igualado los permisos de paternidad y maternidad, pues a la fecha también contamos con una semana más para las madres.

Fuera de estas modificaciones, pero también relacionado con los derechos de conciliación, informar que la dirección nos confirma que en la nómina de este mes se va a incluir el pago de los atrasos de los festivos en reducción de jornada por cuidado. Como ya comunicamos, la dirección reconoció el error en el cálculo de este concepto asumiendo el pago de un retroactivo de tres años. Nos trasladan que se enviará un correo a las personas afectadas con el desglose de sus cálculos para poder revisarlos. Cualquier problema os ponéis en contacto con la sección sindical.



martes, 27 de febrero de 2018

EMAKUMEOK PLANTO NOSOTRAS PARAMOS




Las asambleas de mujeres han convocado una huelga feminista para el 8 marzo además de las habituales manifestaciones de los últimos años.

La convocatoria, que se puso en marcha por primera vez a nivel mundial el año pasado, se conforma en cuatro ejes; huelga de cuidados, laboral, consumo y educación. En cada uno de los aspectos citados se proponen una serie de acciones para que se visibilicen las protestas.

Desde las centrales sindicales se han registrado diversas convocatorias de paro con el fin de dar cobertura legal a esta huelga que, aunque desde el movimiento feminista está dirigida a las mujeres, solo se puede registrar de manera generalista.

Reunida la representación de los Comités de Empresas Contratistas y Petronor, para potenciar la participación en esta movilización, proponemos realizar el paro desde las 11 horas hasta las 14, manteniendo una concentración en la portería principal y animando a las mujeres de todas las empresas que trabajan en la refinería a participar en ella. A partir de las 11 se realizará una asamblea para explicar y discutir las distintas movilizaciones convocadas.


Asimismo se convoca a toda la plantilla a acudir a la concentración, para así participar en la huelga de consumo, no haciendo uso del comedor y comiendo un bocadillo junto a las compañeras concentradas.







jueves, 6 de julio de 2017

Hacer visible lo invisible




Publicamos aqui la nota de la parte social de la Comisión de Igualdad, en ella se resume la actividad durante estos últimos meses en el procesos de elaboración y seguimiento del Diagnóstico y el Plan de Igualdad. 

Nos parece fundamental que estos procesos sean lo mas participativos posible, ya que es el debate y el intercambio lo que los enriquece. Por ello os animamos a informaros y compartir vuestras opiniones tanto en el ámbito de trabajo como con los y las componentes de la Comisión.


La Comisión de Igualdad se creó en 2013 con el fin de poner en marcha el primer Plan de Igualdad de Petronor, que se aprobó en 2015. Para ello la dirección de Petronor ha contratado una consultoría externa que, en coordinación con la Comisión de Igualdad, ha realizado un diagnóstico para detectar las necesidades en materia de igualdad, para poder programar en el siguiente plan unos objetivos concretos, medibles y comparables.

Para su elaboración se tomaron como referencia la documentación de la empresa, información objetiva de los datos de composición de la plantilla y vuestra opinión recabada por medio de encuestas y entrevistas. La mayor carencia es que las informaciones se analizan de una forma muy positiva, faltando análisis crítico. Sin embargo es una herramienta útil que nos ha servido, entre otras cosas, para contar con datos concretos que sirvan de base para definir compromisos futuros y para incluir aspectos de mejora en el convenio que estamos negociando actualmente.

Una vez aprobado el diagnóstico, comenzamos con la elaboración del II Plan de Igualdad de Petronor, con el objetivo de tenerlo listo en el primer trimestre de 2017. Hasta la fecha llevamos diez reuniones sin que este objetivo esté cerca todavía, pues se hacen palpables las diferencias entre las dos partes de la comisión. Aun así, este proceso está sirviendo para poner sobre la mesa algunas cuestiones candentes: el problema de la cobertura suficiente en turnos -que permita avanzar en corresponsabilidad-, la contratación para cubrir las licencias de conciliación en jornada ordinaria, los criterios de selección en las nuevas contrataciones y promociones, etc. Está sirviendo, en definitiva, para visibilizar estos temas, tanto en la agenda de negociación, como en los distintos ámbitos que se trabajan en el Comité.

A pesar de la falta de acuerdo en aspectos fundamentales del próximo Plan -como la necesidad de una estructura que gestione los contenidos relacionados con la Igualdad, tal y como se hace con la Formación, Seguridad , etc., o la importancia de profundizar en unos indicadores concretos que permitan medir el grado de mejora en los objetivos-, hemos acordado poner en marcha algunas acciones para este año, de tal modo que se puedan iniciar procesos básicos para mejorar las carencias detectadas en el diagnóstico. Entre ellas, hay varias acciones de formación de sensibilización en igualdad a todos los niveles de la plantilla.

En estos momentos uno de los elementos clave, aún por negociar en la elaboración del plan, es el sistema de seguimiento y evaluación del mismo. En este sentido es necesaria la definición de indicadores que planteen compromisos concretos y medibles que impidan el desarrollo de pequeñas acciones simbólicas que no generen cambios reales en la empresa a favor de la igualdad. En esta misma línea contar con recursos, tanto económicos como personales para poner en marcha el plan, es otro de los elementos que visibilizarán si existe una apuesta real por la igualdad, o volveremos a llenar páginas y páginas con buenas intenciones, o peor aún para mejorar la imagen sin generar cambios de fondo.

La parte social de la Comisión de Igualdad ha elaborado un documento que se presentó a la Dirección en marzo de 2017, sin que a la fecha siquiera se haya incluido en el acta de la reunión. En él se concretan nuestra posición y propuestas en cuanto a objetivos e indicadores, y se insiste en la necesidad de una estructura que lleve a cabo todo el trabajo que implica una política de igualdad eficiente. Lo adjuntamos a esta nota para quien quiera profundizar en esta discusión.

Debemos reconocer la disponibilidad de la dirección para la negociación tanto del diagnóstico como de los contenidos debatidos hasta la fecha en el II Plan. Esperamos, que ahora que llega el momento de concretar compromisos, no cambie esta actitud que es la que puede promover contar con un Plan reconocido como útil y transformador para todas las personas que componemos Petronor.


                                                                                Comisión de Igualdad 

                                                                         Muskiz, 6 de julio de 2017                                                                                                                                        




martes, 26 de noviembre de 2013

Berdintasun Plana Petronorren



Sei urte igaro dira argitaratu zenetik Berdintasun Planak ezartzea derrigortzen duen legea, diru kopuru jakinik zehaztu gabe, 250 langiletik gora dituzten enpreserentzat, eta oraindik Petronorren ez daukagu geurea sinatuta.

Hala ere, orduztik, aurrera pausuak eman ditugu hitzarmenean artikulu eta hobekuntzak sartuz, normalean gisa horretako planetan barne hartzen diren gaiei eragiten dietenak, edo legez ezarrita zeudenak. Hain zuzen ere, enpresak 2010ean Berdintasun Planaren zirriborro bat aurkeztu zigun sinatzeko, laneko jazarpen protokoloa eta azken hitzarmenaren negoziaketetan jasotako hainbat aldaketa zituena, esaterako, duela bi hitzarmenetatik erabiltzen den haurdunaldiko protokoloa,  Emakunderen gainbegiratzeko konpromezua, edo Berdintasun Planaren Baztordearen sorkuntza.

Zirriborro horrek ez zuen barne hartzen diagnostikorik, generoaren arabera banatutako langileen formazio, adin etab.ei buruzko datuak soilik. Hobetu beharrekoa ez zuen aintzat hartzen, eta  helburuak eta adierazleak ere ez zituen ezartzen,    erraztu gabe gizonezko eta emakumezkoen arteko berdintasun eraginkorra  enpresan, lortutako "status quo"tik harago.

13.11.06an burututako Berdintusun Planaren Batzordeko alde sozialaren azken bileran, diagnostikoan sakontzeko eskatu genuen,  ezberdintasunak ikustaraztea, hitzarmenetik kanpo, kolektiboaren artean uztartze baimenen gutxiagoko erabilpena, eta zuzentzen saiatu zitezela. Uztartzeko eskubideen erabilpena sustatzea proposatu zen baita, positibotzat hartuz, edo departamentu batzuetan ematen den "neurririk gabeko" lanaren kulturari aurre eginez. Guzti hori hainbat mekanismoren bidez, kontratazioa adibidez, uztartzearekin lotutako lizentzia eta baimenak kolektiboarengan egokitzea utziko ez dutenekin, eta horiek ez dezatela zigorrik eragin karrera profesionalaren inongo alderdietan.


Badakigu Berdintasun Plan baten eraginkortasunak zer ikusi handia duela harentzat bideratzen diren baliabide ekonomikoekin. Enpresak dioenez, kasu honetan gutxi izango dira. TUkoek ez dugu sinatuko edozen plan: baliabide falta neurri eraginkorrekin leundu beharko da nolabait, aipatutako proposamenekin eta berdintasunean sakonduz aurrera eramango direnekin.

jueves, 20 de mayo de 2010

Los mal llamados "derechos de las mujeres" en crisis


Reproducimos aquí un resumen del artículo publicado en el blog de María Pazos Morán sobre cómo se enfocan los derechos de las mujeres en esta época de crisis. Nos parece muy  oportuno  pues recoge con acierto criterios y prácticas que deberemos utilizar a la hora de negociar nuestro plan de igualdad. Sabemos que la crisis se aprovecha, entre otras cosas, para recortar este  tipo derechos y para luchar en contra de ello esperamos tu colaboración en forma de comentarios y apoyo.




Dentro del discurso principal sobre la crisis no se contempla la igualdad de género, de tal modo que las medidas que se articulan para superarla nunca tienen incluida esta perspectiva. Así desde la oficina de igualdad de la OIT se advierte de que 22 millones de mujeres perderán sus empleos durante el 2009 debido a la crisis. Por otra parte la OIT en su informe anual incluye a las mujeres que se incorporan tras el permiso de maternidad dentro de los grupos vulnerables que deben de ser protegidos.
De dónde viene esta vulnerabilidad si las mujeres ya han demostrado estar sobradamente preparadas y ser tan capaces como los hombres y, si se reconoce que la igualdad de género es necesaria para mejorar la economía, por qué no se invierte en potenciar la igualdad en vez de proteger a las mujeres.
La igualdad como parte de la solución de la crisis pasa por aprovechar el potencial productivo de las mujeres; pero no con empleo precario y a tiempo parcial, sino articulando medidas que persigan conseguir una sociedad más igualitaria, tanto desde la educación como desde el deporte, la corresponsabilidad o desde los grandes discursos y medidas de los políticos. Sin embargo, lo único que se hace es proteger a las mujeres junto a otros grupos vulnerables como la juventud y las personas migrantes.
Es fácil encontrar ejemplos en la negociación con las empresas en que los temas de igualdad y equiparación se quedan atrás por diversas razones. Esto es debido a que a las empresas les cuesta invertir para contratar en igualdad de condiciones, ya que aún siendo igual de eficientes a nivel individual, las mujeres tienen siempre menos disponibilidad que los hombres.
Esta falta de disponibilidad de las mujeres viene dada por sus responsabilidades domésticas y de cuidado, y esto, junto con las crecientes facilidades que se dan para la conciliación, las convierte en mano de obra de alto riesgo, ya que la probabilidad de que se ausenten es mayor que si se contratan hombres. Este fenómeno se conoce como discriminación estadística. En época de crisis este fenómeno se puede agravar, empujando la contratación femenina hacia una mayor precariedad.

Las reformas en curso: ¿simple olvido de las mujeres o algo peor?

Estas consideraciones sobre el mercado de trabajo aceptadas por todo el mundo solo sirven para promover declaraciones huecas o apelar a la buena voluntad del empresariado solicitando que contrate mano de obra más cara.
Para reducir la desigualdad y exclusión de las mujeres en el empleo de calidad se debería empezar por conceder a los hombres mas derechos para el cuidado, por ejemplo con un permiso de paternidad intransferible de igual duración que el de maternidad, o universalizando la educación infantil desde los cero años. Esta medida, prometida por el actual presidente y olvidada en las medidas anticrisis, ayudaría en muchos aspectos ya que mejorar el servicio público de educación sirve para luchar contra la crisis; ayudando a las familias, reduciendo la pobreza infantil, facilitando el aumento de la tasa de natalidad y mejoraría la atención a la dependencia al invertir en infraestruturas de servicios públicos.
Por otra parte la incorporación de la mujer al empleo de calidad está indisolublemente ligada al reparto de las tareas de cuidado y trabajo doméstico. Las jornadas interminables para unos y tiempo parcial para otras, mantienen a la mujer en su situación de cuidadora y proveedora de servicios. Para avanzar hacia la corresponsabilidad las jornadas completas deberían ser más cortas y flexibles para todas y todos. Esto se olvida al tomar medidas contra la crisis o cuando se habla del modelo productivo, pero más allá del olvido el problema está en que las medidas que se toman acentúan la dualidad sexual del mercado de trabajo y con ella la segmentación horizontal y vertical, con funestas consecuencias para la igualdad de género y para la economía

Flexiguridad y difergualdad

Las medidas que se proponen como salida a la crisis pasan por reducir los costes no salariales para los empleadores rebajando las obligaciones de las empresas con despidos más baratos, contratos más flexibles y aumento de la jornada semanal a 65 h. Por otra parte los sistemas de pensiones se reforman para penalizar los periodos de ausencia en el trabajo e incentivando el empleo completo y continuado durante la vida laboral. A esto le llaman flexiguridad, se trata de hacer más disponible la oferta de trabajo y más flexible el empleo.
Los incentivos a la flexiguridad, dirigidos a todas las personas tienen en el fondo un impacto negativo en las cuestiones de igualdad. Las mujeres con responsabilidades de cuidado se ven obligadas a reducir sus jornadas o abandonar temporalmente el empleo, lo que a la larga aumenta las diferencias entre las pensiones medias de hombres y mujeres. Por otro lado las jornadas más largas y el resto de medidas que aumentan la disponibilidad afectan mayoritariamente a los hombres y tienden a dificultar su inclusión en el trabajo doméstico y de cuidado. Asi pues, se afianzan los roles de género.
El problema se complica si observamos que mientras el empleo en general se flexibiliza se hace más rígido el empleo femenino en particular. De hecho, el aumento de facilidades para las mujeres con responsabilidades familiares es, a su vez, un aumento de las obligaciones empresariales, que se traduce en prohibiciones de despido durante el embarazo, garantía de recuperar el puesto tras permisos y excedencias, derecho a jornadas flexibles y reducidas. Todos estos beneficios con tendencia a aumentar, acentuan a su vez el fenómeno antes señalado de la discriminación estadística.

El boomerang de los supuestos derechos de las mujeres

Se están tomando medidas para proteger los derechos de las mujeres sin evaluar el impacto que producen sobre el empleo o sobre los derechos que pretenden garantizar. Por ejemplo, el empleo a tiempo parcial es sabido que en general es precario con sueldos, derechos sociales y pensiones que no permiten vivir dignamente, sin embargo se obvia que en todos los paises es mayoritariamente femenino. Los permisos del tiempo parcial y flexibilidad horaria para personas con hijos o hijas de corta edad tienen escasa incidencia en el empleo masculino, produciendo una gran segmentacion horizontal y vertical en el mercado de trabajo. Otro ejemplo documentado son los permisos parentales que solo son disfrutados por los hombres si son intrasferibles y pagados sobre el 100% del salario.
Merece especial atención la protección del puesto de trabajo de las mujeres embarazadas y los permisos de maternidad. Desde cantidad de organismos se aboga por el aumento de estos derechos, aumentando el tiempo de prohibición de despido y el permiso de maternidad en aras de los supuestos derechos de las mujeres y sin tener en cuenta las consecuencias.
La experiencia histórica muestra que el empleo femenino se ha considerado accesorio y ajustable según el ciclo económico y otros factores. Sin embargo, en esta crisis sería difícil que las mujeres volvieran al hogar, ya que las mujeres han superado en formación a los hombres, su incorporación al empleo es mucho mayor y la conciencia y los derechos adquiridos impiden que los viejos mecanismos tengan el mismo efecto sobre la oferta de trabajo femenino. Sin embargo, estos mecanismos si están teniendo efecto sobre la demanda, posiblemente sea la vía que entraña el mayor peligro de excluir a las mujeres del empleo de calidad en esta crisis. Y si no por qué la Comisión Europea tramita de urgencia el aumento del permiso de maternidad mientras sigue sin emitir directiva alguna sobre el permiso de paternidad intrasferible; o cómo es que se reclama mayor flexibilidad y no se ponen reparos a la rigidez del empleo femenino. Por todo ello debemos cuestionarnos el papel de los organismos que avalan estas medidas de igualdad.

La única solución: el cambio estructural hacia un modelo de sociedad de personas sustentadoras/cuidadoras en igualdad.

En realidad, lo que subyace en todas estas medidas es la negativa a cuestionar la división sexual del trabajo. Si fuera imposible el reparto equitativo del trabajo doméstico y de cuidados entre hombres y mujeres, sería comprensible intentar compensar a las mujeres por su doble función, por más que resultara costoso e ineficiente. Pero hoy la sociedad ya apuesta por la corresponsabilidad, que no sólamente es una cuestión de justicia sino que permite aprovechar el capital humano de las mujeres y el potencial cuidador de los hombres; disminuye el riesgo de pobreza, y particularmente de pobreza infantil; y evita las ineficiencias en el mercado de trabajo y en la organización del trabajo doméstico. Más aún, los países que han apostado por el cambio estructural, desde la sociedad basada en la familia de ‘sustentador masculino/esposa dependiente’ a la de ‘personas sustentadoras/cuidadoras en igualdad’, han demostrado que, ofreciendo a las mujeres la posibilidad de tener hijos/as en igualdad sin renunciar al empleo de calidad, se pueden recuperar las tasas de fecundidad a niveles aceptables (véase el caso de Suecia) y abordar así los retos del envejecimiento poblacional que previsiblemente se agravarán con la crisis económica.
La crisis ha confirmado la necesidad de superar la etapa de las llamadas ‘políticas de igualdad’. Muchas de estas políticas consistían en ayudas que, aún con carácter marginal y presupuesto simbólico, aparecían como trato de favor a las mujeres; enmascarando la desigualdad producida por las políticas públicas en general y la exclusión de las mujeres de los derechos económicos y de ciudadanía. El movimiento feminista no debe seguir dejándose engañar por los supuestos ‘derechos de las mujeres’ ni por la vieja concepción de las políticas de igualdad como algo accesorio y marginal, ni por la vieja idea de que la igualdad es una fuente de gasto público difícil de asumir.