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martes, 15 de mayo de 2018

Prolongaciones de turno en Terminal por más de tres atraques operando.





En 2012 se soportaron en la Terminal Marítima 784,46 horas extraordinarias. Muchas de estas horas se debían a la práctica de operar más barcos de los que se podía con el personal disponible. Denunciamos esta situación en 2013 ante la Inspección de Trabajo, resultando el informe de la inspectora favorable a nuestra pretensión. Concretamente, el informe requería a la dirección que “dispusiera de los medios materiales suficientes y adecuados que evitaran situaciones de sobrecarga de trabajo debidas a la operación en más de tres atraques simultáneamente”.

Sin embargo, la práctica de realizar más operaciones que las posibles con el personal disponible en cada turno ha aumentado desde esa fecha, así como han aumentado las horas extraordinarias, que el año pasado han llegado a 4056,97 entre un colectivo de 32 personas. Está demostrado, pues, que la dirección, a fecha de hoy, sigue incumpliendo la disposición de la Inspección, que tenía que ser de cumplimiento inmediato.

El año pasado la jefatura de Tanques y Terminal Marítima sancionó con un mes de empleo y sueldo a un compañero de este departamento. La sanción consideraba como falta muy grave la desobediencia derivada de no acudir al trabajo la noche del 31 de diciembre de 2016 en virtud de un permiso condicionado por el acta de reducción de jornada, para esas fechas señaladas, en el caso de que se den bajas de última hora. Sin embargo, el motivo de interrumpir el descanso de nuestro compañero no era el designado en el citado acta si no la decisión de operar sobre un tercer barco, cuestión que no estaba prevista inicialmente. Nuestro compañero presentó una demanda ante el juzgado al considerar abusiva la interpretación del acta por la dirección, así como la sanción impuesta, cuando en realidad se había alterado su descanso de forma indebida, con las desagradables consecuencias que ello tiene.

La sentencia ha condenado a la dirección a revocar la sanción impuesta y abonar el mes de salario al trabajador, sin posibilidad de recurso. El juzgado reconoce que la orden de acudir al trabajo no era debida a una baja de última hora si no porque había más barcos a operar que personas disponibles, y especifica que en otras ocasiones, cuando no hay suficiente personal, esperan fondeados hasta el día siguiente o a que terminen otras operaciones. También considera el juez que al ser una orden injusta, no puede imputarse al trabajador el perjuicio que supuso a los compañeros que tuvieron que doblar, pues es responsabilidad única de la jefatura que emite la orden.

Esta sentencia nos alegra enormemente por el reconocimiento al compañero injustamente sancionado y nos lleva a las siguientes reflexiones a la luz de los dos casos expuestos: por una parte consideramos que todos los doblajes generados por operar con más personal del disponible son abusivos y debiéramos revisar la obligación de realizarlos. Por otra parte refuerza la necesidad de exigir a la dirección el cumplimiento del requerimiento de la Inspección de Trabajo, pues en los últimos años está aumentando la práctica de trabajar con cuatro operadores de atraque, poniendo en riesgo a las personas e instalaciones, en caso de necesidad de evacuación urgente. Además debemos considerar como sobrecarga de trabajo las horas extras fruto de una mala previsión en cuanto a operaciones.

Esta mala previsión en las operaciones se atribuye muchas veces al estado de la mar cuando en realidad es debida al intento de mejorar los márgenes de producción. Y dentro de este principio de mejora de márgenes está el criterio de la jefatura, que considera que se debe adaptar el personal disponible al trabajo a realizar, y no al revés, como confirma el juez en la sentencia que absuelve a nuestro compañero. De continuar con esta práctica nos veremos en la obligación de denunciar a quien promueve el incumplimiento del requerimiento de la Inspección de Trabajo en este departamento.

lunes, 10 de abril de 2017

Sanciones en Terminal Marítima: la cultura del miedo




Durante el pasado mes han sancionado a dos compañeros de la Terminal Marítima con 30 y 45 días de empleo y sueldo respectivamente. Los motivos que argumenta la dirección para tan graves sanciones han sido falta de confianza en las labores encomendadas, negligencia, desidia y desobediencia a las órdenes de un superior.

Desde el Comité de Empresa se han presentado pliegos de descargo defendiendo la labor de nuestros compañeros y demostrando la buena fe en sus actuaciones. Esta buena fe es uno de los límites que se deben de tener en cuenta a la hora de sancionar, pues según los principios de la cultura equitativa declarados por la propia dirección,   castigar a quien actúa de buena fe puede tener graves consecuencias. Entre ellas la ocultación de acciones incorrectas o irregularidades en los procesos, que a su vez impiden la mejora o corrección de los mismos.

En contra de este principio equitativo, la dirección decide sancionar severamente a estos compañeros, continuando con una práctica que parece habitual en el departamento de Tanques. En este departamento, de hecho, se han abierto más de 15 expedientes en los últimos dos años, cifra que resulta muy desproporcionada en comparación con el número de expedientes abiertos en el resto de la refinería.
Esta situación se puede entender de varias maneras. En primer lugar, indica que la jefatura del departamento es incapaz de mantener unas relaciones de trabajo sanas, tal como se refleja en los resultados de la evaluación del riesgo sicosocial, que han sido muy deficiente en todo el departamento. En segundo lugar, estos expedientes encubren el incumplimiento de otras responsabilidades de la dirección, como son el deterioro generalizado de las instalaciones, las malas prácticas admitidas durante años y los errores en las inversiones.

Otra vertiente perversa de esta política tiene que ver con la aplicación unilateral de la justicia por parte de la dirección. Cuando se sanciona a alguien se le estigmatiza en la organización, y a pesar de que luego se pueda ganar en un juicio, nunca se repara el daño moral acarreado a la persona sancionada. Además, con esta política se genera un ambiente de tensión en un colectivo que ya está saturado de responsabilidades, y que se ve constantemente en la dificultad de elegir si actuar por norma o seguir las instrucciones de la cadena de mando, sabiendo que nunca se ha sancionado a la jefatura por su responsabilidad en hechos suficientemente graves que han venido ocurriendo hasta la fecha.

Antes o después tendremos que enfrentarnos como colectivo a esta deriva sancionadora. Pues estos abusos siempre comienzan por las personas más débiles y avanzan creando un clima de sumisión, incluso frente a actitudes claramente injustas. Por nuestra parte, acudimos una vez más a los juzgados para defender la labor de nuestros compañeros en estos casos concretos. Pero también os animamos a continuar observando estrictamente las normas y denunciar las irregularidades que afecten vuestro trabajo como forma de respuesta a esta cultura del miedo.

martes, 2 de febrero de 2016

Expedientes disciplinarios


A continuación reproducimos la nota de Comité en relación al aumento alarmante de expedientes disciplinarios en la empresa.

Durante 2015 el Sr. Zudaire ha abierto 11 expedientes a trabajadores a turnos de la Dirección de Producción, de los cuales nueve han sido en el departamento de Tanques y Terminal Marítima. En todos los expedientes se culpa a los empleados de negligencias o malas conductas y de las pérdidas ocasionadas como consecuencia de éstas.

El Comité de Empresa ha presentado pliegos de descargo defendiendo la actitud profesional de todos los trabajadores y señalando que las causas básicas en cada expediente son conocidas por la organización sin que actúe sobre ellas.

Además del incremento de obligaciones producido entre el personal de operaciones en 2014 y 2015, la Dirección ha decidido aumentar las exigencias sobre este colectivo y no depurar responsabilidades en los niveles más altos, ni atender a errores en sistemas de control o seguridad, mantenidos en el tiempo y conocidos por la organización, que suponen trabajar y tomar decisiones con prácticas y normas contradictorias.
Esta costumbre de abrir expedientes de forma abusiva, obligando a los trabajadores a documentar todas sus operaciones, produce un ambiente de trabajo hostil, en el que, en el mejor de los casos siempre queda la duda de la culpa, sin que esto sirva para esclarecer las razones de por qué ocurren tantas anomalías en esta refinería. De continuar así, denunciaremos ante los organismos competentes estas malas prácticas y a quienes las impulsan.
La empresa debe realizar las acciones oportunas y adoptar las medidas suficientes para impedir que se realicen prácticas contra la Seguridad y el Medio Ambiente, pero si su solución es expedientar solo conseguirá producir desconfianza hacia la organización, inseguridad en la operación y deteriorar las relaciones laborales. Consensuar las normas con las personas que las ejecutan, preguntar antes de acusar, son conductas que también facilitan y mejoran los procesos de trabajo.

viernes, 13 de febrero de 2015

Caseta de alcohol y drogas durante la Parada



La empresa, dentro de su política de transparencia, ha decidido de manera unilateral instalar una caseta para el control de alcohol y drogas en la entrada principal. Cuando nos informó de su intención le mostramos nuestro rechazo y se comprometió a informarnos de los horarios y otras cuestiones relacionadas, cosa que hasta la fecha no ha hecho.

Sin embargo nos llega la información de que avisa a las empresas contratistas para que un determinado número de personas pasen “voluntariamente” dichos controles. Si fuera una broma tendría gracia pero es en serio.

Esta acción, propia de un cacique, es un abuso de autoridad que afecta a la dignidad de los y las compañeras de contrata. El responsable de esta decisión sabe sobradamente que no hay voluntariedad para pasar estos controles, ni para aceptar las jornadas impuestas o para coger vacaciones en vez de sacar la baja cuando se accidentan, pero está acostumbrado a imponer su voluntad por la fuerza a falta de razón.

Intentaremos estar presentes durante el funcionamiento de la caseta para garantizar la “voluntariedad” del servicio.

A continuación reproducimos la nota publicada por el Comité de Empresa en relación a este asunto.

El Comité de Empresa, y en particular los Delegados de Prevención, queremos manifestar nuestro desacuerdo con la obligatoriedad que Petronor impone a las empresas contratistas y a sus trabajadores, para que de forma “voluntaria” pasen controles de drogas y alcohol.

La instalación por parte de Petronor de una caseta para el control de alcohol y drogas, con el rechazo expreso de los Delegados de Prevención, la entendemos como una provocación y falta de respeto a todas y todos los trabajadores.

La información y la prevención son el mejor modo de abordar estos problemas. Las condiciones laborales, (como prolongación de jornadas, trabajo en precario, trabajo a destajo, etc.) favorecen estos consumos y eso a Petronor no le preocupa en absoluto.

La vigilancia de la salud de los trabajadores no debe abordarse en una caseta que no asegura los principios más elementales en materia del derecho a la intimidad, a la dignidad de las personas y a la confidencialidad de toda información relativa a su salud.


Ante esta situación y ante la nula información que tenemos os invitamos “voluntariamente” a no pasar dichos controles. 

jueves, 9 de octubre de 2014

La empresa pierde el juicio II


Entre los trabajos programados en la parada que se realizó hace un año en la refinería de Muskiz estaba la reparación de la línea de crudo de la Terminal Marítima. Este trabajo fue controvertido en su desarrollo, de hecho se terminó casi dos meses más tarde de lo programado, debido entre otras cosas a un mal planteamiento inicial de los trabajos. Durante su ejecución se produjeron pequeños incendios y derrames de producto, que llevaron al jefe de área a publicar varios correos en los que llamaba a “extremar la seguridad en los trabajos para llevarlos a buen puerto”.
En la noche del 11 al 12 de octubre un equipo de la empresa Albandi, que llevaba trabajando desde la mañana, abandonó sin terminar la tarea que tenían programada debido, entre otros motivos, a la demora al renovar su permiso de trabajo. Esto produjo un enfrentamiento entre los responsables de distintos departamentos, por una parte el jefe de sección de turno, responsable de la renovación, y un encargado del departamento de Mantenimiento, responsable a su vez de la ejecución.
Para aclarar lo sucedido, el jefe de área de la terminal marítima convocó una reunión entre los implicados y sus líneas de mando a la que el citado jefe de sección nos invitó a acudir, pues no estaba seguro del trato que iba a recibir. Personados en el lugar de la reunión a la hora indicada los representantes de TU advertimos al jefe de la terminal nuestra intención de al menos presenciar la reunión, lo que llevo a éste a elevar el tono de la conversación, descalificando a nuestro representado ante todo el personal del turno a su cargo. En este ambiente tenso la reunión no se llegó a realizar, sin embargo 15 días después se sancionó con 7 días de empleo y sueldo al jefe de sección.
Ante esta situación la sección sindical de TU solicitamos a la inspección de trabajo el detalle de las horas trabajadas por el equipo de Albandi esa semana, ese informe aún no ha llegado. También enviamos un escrito la dirección explicando las labores que había realizado el sancionado antes de proceder a la firma del otro permiso de trabajo que tenía pendiente esa noche; que había estado en todo momento en el canal correspondiente de su emisora, etc,. 
Además adjuntamos una copia de la carta dirigida al director de Personas y Organización, el mismo día que se suspendió la reunión entre departamentos, en la que solicitamos la creación de un protocolo para estos casos, ofreciendo nuestra colaboración para reconducir ese caso concreto y que a fecha de hoy no ha sido contestado. A pesar de nuestras alegaciones la sanción se llevó a efecto en diciembre de 2013.
Por esta razón nos vimos en la necesidad de acudir una vez más a los tribunales que han entendido lo injusto de la actitud de la empresa condenándola a reponer el salario de nuestro compañero. Esto es motivo de satisfacción pero nos parece insuficiente por varias razones. No se toma ninguna acción desde dentro de la empresa para corregir a quien actuó bajo principios erróneos. Tampoco se tiene en cuenta la reparación de la dignidad del sancionado tras haberle menospreciado públicamente.
En cuanto a la suspensión de los trabajos nada se dice del estado real de las personas que lo ejecutaban ni de la capacidad de juzgar esto por parte de quien debe autorizarlos. Este es un tema importante, como sabemos las horas extraordinarias en Petronor el año pasado fueron más de 38000, y eso es solo la punta del iceberg si lo comparamos con las que realizan las empresas contratistas, sobre todo en los periodos de parada como este.
Esperamos que esta pequeña victoria sirva para sacar a la luz los problemas de fondo, esos de los que nunca se habla. ¿Por qué quien tiene la responsabilidad de autorizar un trabajo no tiene la capacidad de decidir y se le sanciona si su decisión no es del gusto de la organización? ¿Por qué hay trabajos en los que para llevar un sueldo digno a casa no tienes otro remedio que prolongar la jornada? ¿Por qué hay tantas personas sin empleo? ¿Por qué las empresas que hacen gala de transparencia no la practican cuando queremos hablar de horas extraordinarias?

miércoles, 12 de febrero de 2014

Sanción en Mantenimiento



El pasado jueves 30, se realizó el acto de conciliación por la sanción comunicada a las personas de Mantenimiento que secundaron la jornada de duelo, convocada tras el fallecimiento de un compañero de la empresa MASA, durante la parada de Planta 1.

En este acto se llegó a acuerdo, reconociendo la empresa que ni existe sanción, ni figurará ninguna anotación en el expediente, comprometiéndose a comunicarlo por escrito a las personas apercibidas por carta desde la dirección de Ingeniería y Mantenimiento. Este acuerdo se extiende a todas las personas que recibieron la carta, no solo a quienes han presentado denuncia.

Es importante que en el acuerdo queda recogida la situación de las personas sin filiación sindical, o que no vieron adecuado presentar una denuncia. Desde TU hacemos autocrítica; deberíamos haber atajado esto en el momento por medio de la acción sindical colectiva, y en su defecto haberlo abordado como Comité, evitando así cierto desamparo en este colectivo.

El acuerdo conseguido no incluye depurar la responsabilidad de quien se ha saltado el convenio, sancionando además en contra de los acuerdos alcanzados para ese día con la dirección de Recursos Humanos.  El Sr Montserrat, firmante de las cartas, aún no ha dado la cara para pedir disculpas, ni presentado las razones que le llevaron a enviar los escritos. Solo cabe entender que su fin era coaccionar y marcar a las personas que solidariamente apoyaron esta acción.

No vamos a permitir este tipo de abusos de autoridad, y menos en acciones legítimas como esta. Queremos agradecer a todas las personas que la apoyaron y nos reafirmarnos en que la protesta en estas desgraciadas situaciones es un derecho al que no debemos renunciar.

viernes, 13 de diciembre de 2013

Sanción en la Terminal Marítima



Entre los trabajos programados en la última parada de P1 estaba prevista la reparación el oleoducto de crudo en la Terminal Marítima. Para realizar este trabajo se edita un procedimiento que no se cumple desde el principio y no sirve para llevar por buen camino un trabajo que, a fecha de hoy no está concluido.
Durante estos trabajos se ha sancionado con 7 días de empleo y sueldo a un Jefe de Sección de este departamento. Esta es una sanción que no se justifica, y menos en un trabajo en el que se han dado irregularidades como dos incendios, rotura de stopper, un derrame, varios equipos de contratistas trabajando a destajo.
El motivo de la sanción también nos preocupa, pues pone en entredicho la capacidad de un Jefe de Sección para recabar la información necesaria antes de renovar un permiso. El trabajo lo estaba realizando un equipo que, trabajando desde las 8 de la mañana, continúa hasta acabar. Cansados tras tantas horas de trabajo, al ver que iban a tardar en renovar el permiso deciden marcharse a media noche y sin terminar el trabajo.
Además, es sancionado por no presentarse a una reunión en la que se va a tratar el problema de comunicación entre departamentos ocurrido en la noche de los hechos relatados. Sin embrago, acude a la misma y solicita la presencia de su representación sindical, motivo por el cual el Jefe de Área le descalifica a gritos ante dos delegados y todos sus compañeros.
Es muy grave que se ponga en duda la capacidad de una pieza fundamental en la seguridad de los trabajos como son los y las Jefes de Sección; que se prime la urgencia sobre la seguridad; que se opte por un tratar a los grupos sindicales como ajenos a la organización dificultando su labor; que se estigmatice a las personas.
Pero lo más grave es que se sancione solamente para sentar el principio de autoridad sin tener en cuenta que trabajar seguro y en buenas condiciones debe de ser una premisa fundamental para esta organización y que las prisas nunca fueron buenas consejeras. Una vez más la empresa no nos deja otro camino que acudir a los tribunales para aclarar fuera cuestiones que deberíamos tener resueltas aquí.